º En desarrollo del artículo 26 del Decreto número 3071 de 1968, los Directores y Comandantes de las Escuelas o Institutos de Formación propondrán al Ministerio de Defensa Nacional, por conducto regular, los nombres de los aspirantes al grado de Subteniente en el Ejército y Fuerza Aérea o Teniente de Corbeta en la Armada que hayan cursado y aprobado los estudios reglamentarios. El Comando General de las Fuerzas Militares preparará el decreto respectivo teniendo en cuenta las normas que se fijan en los artículos siguientes.
Article 2
En Desarrollo Del Artículo 26 Del Decreto Número 3071 De 1968, Los Directores Y Comandantes De Las Escuelas O Institutos De Formación Propondrán Al Ministerio De Defensa Nacional, Por Conducto Regular, Los Nombres De Los Aspirantes Al Grado De Subteniente En El Ejército Y Fuerza Aérea O Teniente De Corbeta En La Armada Que Hayan Cursado Y Aprobado Los Estudios Reglamentarios
Decreto 73 de 1970 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 3071 de 1968
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