° Los Municipios de Zipaquirá Nemocón y Sesquilé, destinaran el 5% a que equivale el aumento ordenado en el artículo primero de este Decreto, únicamente a la construcción de sus obras públicas más urgentes, como son: escuelas, plazas de mercado, muladores, ensanche de sus acueductos y otras obras de carácter social, pudiendo celebrar los contratos que consideren convenientes para la financiación de tales obras.
Los Municipios a que se refiere este acuerdo deberán presentar el Ministerio de Obras Públicas, previamente a su inversión, los planos de las obras respectivas, para su aprobación.