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Article 11

Decreto 2775 de 1983 · Por el cual se modifican algunas disposiciones del Decreto 2026 de 1983 y se dictan otras en materia de retención en la fuente

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01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La retención por concepto de comisiones, servicios y rendimientos financieros, que las personas jurídicas y sociedades de hecho hagan a establecimientos de crédito sometidos a control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria, no se regirá por lo previsto en el Decreto 2026 de 1983, salvo en los casos indicados a continuación, en los cuales se aplicarán los porcentajes de retención en la fuente allí establecidos

1.

Intereses, descuentos y demás rendimientos financieros que provengan de títulos emitidos masivamente por entidades de derecho público y por sociedades de economía mixta.

2.

Intereses, descuentos y demás rendimientos provenientes de títulos emitidos masivamente por personas jurídicas de carácter privado, diferentes a establecimientos de crédito sometidos a control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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