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Article 2

Los Miembros De La Junta Directiva De La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, Tendrán Suplentes Personales, Designados Por La Misma Persona O Entidad A Quien Corresponda Hacer El Nombramiento Del Principal

Decreto 1477 de 1954 · Por el cual se modifica la Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Insdustrial y Minero

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º Los miembros de la Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, tendrán suplentes personales, designados por la misma persona o entidad a quien corresponda hacer el nombramiento del principal. Los suplentes reemplazan a los principales en los casos de falta absoluta, temporal o accidental. La ausencia de un miembro de la Junta Directiva por un período mayor de tres meses, producirá la vacante del cargo de principal, y en su lugar ocupará el puesto el suplente hasta que se haga nueva elección de principal.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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