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Article 573

Mercancías Aprehendidas Bajo Custodia Del Interesado

Decreto 390 de 2016 · por el cual se establece la regulación aduanera.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Mercancías aprehendidas bajo custodia del interesado . Las mercancías aprehendidas podrán dejarse en depósito, a quien demuestre ser el titular o responsable de las mismas, en los siguientes casos: Cuando se encuentran bajo la responsabilidad de entidades de derecho público. Se trate de maquinaria destinada a la industria, que se encuentre en funcionamiento o instalada para este fin. Cuando por la naturaleza de las mercancías aprehendidas se hace imposible su traslado o requieran especiales condiciones de almacenamiento, con los cuales no cuentan los recintos de almacenamiento contratados para el efecto por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, se autorizará su depósito en recintos especiales del titular o responsable de las mercancías aprehendidas. Para otorgarse la custodia, salvo el caso previsto en el numeral uno de este artículo, en los demás eventos habrá lugar a constituir una garantía equivalente al ciento por ciento (100%) del valor FOB de las mercancías, por parte del interesado, para garantizar su entrega a la autoridad aduanera en caso de ordenarse su decomiso. En tales eventos se advertirá al depositario que no podrá modificar, consumir, ni disponer, ni cambiar la ubicación de las mercancías, sin autorización de la autoridad aduanera, so pena de hacerse efectiva la garantía, de lo cual se dejara constancia en el acto administrativo que autoriza la custodia

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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