El Ministerio de Minas y Energía seguirá prestando la asistencia técnica de acuerdo con lo ordenado en el Decreto 1275 de 1970, pero preferencialmente atenderá a los mineros organizados en cooperativas, asociaciones y entidades similares.
El Ministerio de Minas y Energía regulará, mediante resoluciones, lo referente a la pequeña y mediana minería.