JurídicoESEN

Article 189

Decreto 150 de 1976 · Por el cual se dictan normas para la celebración de contratos por parte de la Nación y sus entidades descentralizadas

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

De las causales de nulidad absoluta. Además de los casos previstos en las disposiciones vigentes, los contratos a que se refiere el presente Decreto son absolutamente nulos

a)

Cuando se celebren por funcionarios que carezcan de competencia para ello o por alguna de las personas señaladas en los artículos 7º, 8º y 9º de este Estatuto;

b)

Cuando no exista norma legal que autorice su celebración;

c)

Cuando se hubieren celebrado con abuso o desviación de poder del funcionario respectivo; d.Cuando no existiere en el presupuesto correspondiente partida a la cual pueda ser imputado el gasto que se proyecta realizan, y e. Cuando no se efectuaren la licitación pública o privada que la ley ordene o cuando en la realización de las mismas se cometieren irreqularidades.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 150 de 1976