JurídicoESEN

Article 224

Los Fideicomisarios Tendrán El Carácter De Representantes Legales De Quienes Hayan De Ser Tenedores De Los Bonos Que Se Emitan, Y, Como Tales, Intervendrán En Todas Las Operaciones Relacionadas Con Su Emisión Y En Todas Las Posteriores Que Tiendan Al Estricto Cumplimiento De Las Obligaciones Provenientes De Los Contratos Por Ellos Mismos Aceptados

Decreto 2521 de 1950 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los fideicomisarios tendrán el carácter de representantes legales de quienes hayan de ser tenedores de los bonos que se emitan, y, como tales, intervendrán en todas las operaciones relacionadas con su emisión y en todas las posteriores que tiendan al estricto cumplimiento de las obligaciones provenientes de los contratos por ellos mismos aceptados. La responsabilidad de los fideicomisarios como representantes de los tenedores de bonos se extenderá hasta la culpa leve.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2521 de 1950