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Article 1

La Elección De Los Representantes De Los Estudiantes Al Consejo Superior Universitario Y A Los Consejos Directivos De Las Facultades Y Escuelas Requiere El Voto De No Menos De La Mitad De Los Estudiantes Matriculados

Decreto 471 de 1970 · Por el cual se reglamenta la representación estdiantil en los Consejos de la Universidad Nacional de Colombia

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Text of the article

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Articulo 1º La elección de los representantes de los estudiantes al Consejo Superior Universitario y a los Consejos Directivos de las Facultades y Escuelas requiere el voto de no menos de la mitad de los estudiantes matriculados. Si en la oportunidad señalada para la elección no se registrare el número de sufragios exigido, se procederá a nueva convocatoria para dentro de los diez siguientes, contraída la elección a los tres candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos en la primera oportunidad, y la elección recaerá entonces en el estudiante que obtenga la mayoría, cualquiera que sea el número de sufragantes.

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Constitutional history

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