JurídicoESEN

Article 2

El Procurador De Hacienda Dictará Los Reglamentos A Que Se Deban Sujetar Los Visitadores, Para La Inspección De Que Se Les Encarga; Vigilará Para Que Éstos Cumplan Estrictamente Sus Deberes, Y Les Dará, Las Instrucciones Especiales Del Caso, Cuando Se Hayan De Practicar, A Su Juicio, Visitas U Otras Diligencias De Inspección Extraordinarias

Decreto 93 de 1915 · Sobre inspección y fiscalización de las Oficinas de Hacienda y otras de manejo, de los establecimientos o empresas subvencionados o auxiliados por el Erario, y de aquellos en que tiene intereses la Nación

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. El Procurador de Hacienda dictará los reglamentos a que se deban sujetar los Visitadores, para la inspección de que se les encarga; vigilará para que éstos cumplan estrictamente sus deberes, y les dará, las instrucciones especiales del caso, cuando se hayan de practicar, a su juicio, visitas u otras diligencias de inspección extraordinarias. Además, podrá disponer que los Visitadores Fiscales ejerzan sus funciones en territorio diferente del que se les asigna en el presente Decreto, cuando lo requieran las circunstancias.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 93 de 1915