° Los beneficiarios de los créditos para adquisición de vivienda de interés social que otorguen las corporaciones de ahorro y vivienda gozarán de condiciones de pago de sus obligaciones tales que la amortización del crédito sea, en términos reales, menos acelerada que la resultante de aplicar los sistemas tradicionales de financiación, donde los intereses se cobran sobre saldos y se pagan plenamente una vez transcurrido el período de casación de los mismos.
Article 2
Los Beneficiarios De Los Créditos Para Adquisición De Vivienda De Interés Social Que Otorguen Las Corporaciones De Ahorro Y Vivienda Gozarán De Condiciones De Pago De Sus Obligaciones Tales Que La Amortización Del Crédito Sea, En Términos Reales, Menos Acelerada Que La Resultante De Aplicar Los Sistemas Tradicionales De Financiación, Donde Los Intereses Se Cobran Sobre Saldos Y Se Pagan Plenamente Una Vez Transcurrido El Período De Casación De Los Mismos
Decreto 163 de 1990 · por el cual se interviene la actividad de las corporaciones de ahorro y vivienda y el Banco Central Hipotecario, en relación con el crédito destinado a la vivienda de interés social, y se dictan otras disposiciones.
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