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Article 34

Protección A La Libertad De Contratación

Decreto 800 de 1992 · por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los servicios de Medicina Prepagada.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Protección a la libertad de contratación. El Superintendente Nacional de Salud, protegerá la libertad de los usuarios de los servicios de Medicina Prepagada, para decidir sobre la contratación con cualquier empresa del sector, y aplicará las sanciones correspondientes cuando compruebe la comisión de conductas o la observancia de prácticas, por parte de las empresas, que contraten lo dispuesto en el presente Decreto.

Parágrafo

El ofrecimiento reiterado de contratos desconociendo los requisitos establecidos en el presente Decreto, la exigencia de formalidades no previstas legalmente para acceder al reconocimiento de los servicios ofrecidos y toda práctica que de manera sistemática tenga como propósito evitar o dilatar arbitrariamente el cumplimiento de las obligaciones propias del contrato, dará lugar a las sanciones que se establecen en el presente Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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