Inmuebles no saneados. El alcance de la comercialización o la administración de inmuebles no saneados, de propiedad de entidades públicas, que sean susceptibles de ser enajenados, en cumplimiento de lo establecido en el inciso cuarto del artículo 238 de la ley 1450 de 2011 se establecerá según las necesidades de la entidad estatal contratante y se regulará en el contrato interadministrativo que se suscriba para el efecto. En todo caso, de la actividad de administración se excluyen: (i) reparaciones útiles y ornamentales, obras y adecuaciones de los inmuebles o (ii) actividades relativas y asociadas con la explotación agrícola, minera, ganadera y de piscicultura. TÍTULO VI TRANSFERENCIA DE RECURSOS Y COMISIONES
Decreto 4054 de 2011 →In force
Article 13
Inmuebles No Saneados
Decreto 4054 de 2011 · por el cual se reglamentan los artículos 8° de la Ley 708 de 2001 y 238 de la Ley 1450 de 2011 y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.