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Article 11

Funciones De La Oficina De Protección Especial

Decreto 218 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de Seguridad

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Funciones de la Oficina de Protección Especial . Son funciones de la Oficina Asesora de Protección Especial, las siguientes

1.

Dirigir y coordinar los servicios del Departamento encaminados a proteger al Presidente de la República y su familia, Ministros y ex Presidentes de la República, contra riesgos, peligros o amenazas a su vida e integridad personal.

2.

Dirigir y coordinar los servicios del Departamento encaminados a proteger al Director del Departamento, Subdirector y demás funcionarios que así lo requieran contra riesgos, peligros o amenazas a su vida e integridad personal.

3.

Adoptar los planes de seguridad para las instalaciones del Departamento y asumir su defensa cuando cualquier hecho las afecte.

4.

Ejecutar los planes de la Oficina relacionados con avanzadas, seguridad física y rutas, entrenamiento y reentrenamiento de los funcionarios vinculados a los servicios de protección.

5.

Dirigir el cuerpo de guardianes del Departamento y velar por su disciplina y cumplimiento.

6.

Dirigir los servicios de protección para garantizar la seguridad en las residencias, oficinas y lugares en los que permanezcan o transiten las personas protegidas.

7.

Ejecutar el Plan Anual de Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivo de sus funciones.

8.

Las demás que le sean asignadas por el Director y Subdirector del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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