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Article 21

Decreto 2053 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Transporte, y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Subrogación o cesión de convenios y contratos. El Ministerio de Transporte subrogará o cederá, según el caso, al Instituto Nacional de Vías, Invías, a título gratuito, los convenios y contratos vigentes, relacionados con el desarrollo de la infraestructura fluvial y marítima no concesionada. Los procesos de selección en curso los culminará el Ministerio de Transporte, el cual, una vez suscritos los contratos respectivos procederá a subrogarlos al Instituto Nacional de Vías, Invías. Así mismo, el Instituto Nacional de Vías, Invías, se subroga en los mismos términos y condiciones, en los derechos y obligaciones del Ministerio de Transporte, así como en todo aquello que guarde relación directa o indirecta con los Convenios Interinstitucionales de Cooperación y Asistencia Técnica números 2-014/00, 1739/01 y los demás, celebrados entre el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República-Fondo de Inversiones para la Paz y el Ministerio de Transporte.

Parágrafo

Las solicitudes de concesiones marítimas que a la fecha de publicación del presente decreto se encuentren en trámite en el Ministerio de Transporte, serán trasladadas al Instituto Nacional de Concesiones, INCO, para darle continuidad a los procesos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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