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Article 16

Selección Y Nombramiento Del Director

Decreto 589 de 2017 · por el cual se organiza la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado.

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01

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Selección y nombramiento del Director. El Director deberá ser colombiano y será escogido sobre la base de criterios de idoneidad y excelencia para un periodo de 5 años. El Director de la UBPD será escogido por el Comité de Escogencia establecido en el

Parágrafo

del artículo transitorio 7 del Acto Legislativo 01 de 2017, sobre criterios formulados con base en las sugerencias del Comité Internacional de la Cruz Roja y de la Comisión Internacional sobre Personas Desaparecidas y será nombrado por el Presidente. Al término del mandato o en caso de falta absoluta del Director, el Comité de Escogencia del que trata el inciso anterior elegirá al Director. Son faltas absolutas la muerte, la renuncia aceptada, la destitución y la terminación del período para el cual fue elegido, de conformidad con la ley.

02

Constitutional history

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  1. 2018
    C-067/18Constitutional reviewUPHELD
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