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Article 2

Decreto 2796 de 1963 · Por el cual se hace una distribución parcial para cursos de vacaciones de maestros en ejercicio

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La distribución de la partida a que se refiere el artículo anterior, se hará mediante resolución del Ministerio de Educación, con base en los siguientes ordinales:

Ordinal 1°

Para sueldos del personal docente y administrativo de los Cursos de Vacaciones de que habla el artículo 1° del presente Decreto, destíñanse las siguientes partidas:

Ordinal 2°

Para útiles de escritorio, papel para conferencias, correspondencia, combustible para vehículos, suministro de drogas, elementos de aseo, reparaciones, acarreo de elementos, instalaciones eléctricas, gastos de transportes para visitas de observación pedagógica, impresión de certificados, acto de clausura, premios y otros gastos no contemplados en el presente Decreto, destíñanse las siguientes partidas:

Ordinal 3°

Para la alimentación del personal docente y administrativo de los cursos y para los maestros que asistan a los mismos, destíñanse las siguientes partidas:

Ordinal 4°

Para pagar prima de alojamiento por no haber internado, destíñanse las siguientes partidas:

Ordinal 5°

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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