°. La bonificación por servicios prestados a que tienen derecho los empleados del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) continuará reconociéndose en los términos establecidos en el artículo 10 del Decreto 415 de 1979 y en cuantía equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la asignación básica para sueldos hasta de un millón cuatrocientos noventa mil quinientos treinta y tres pesos ($1.490.533) m/cte., y del treinta y cinco por ciento (35%) para sueldos superiores a la suma antes indicada.
Article 8
La Bonificación Por Servicios Prestados A Que Tienen Derecho Los Empleados Del Servicio Nacional De Aprendizaje (Sena) Continuará Reconociéndose En Los Términos Establecidos En El Artículo 10 Del Decreto 415 De 1979 Y En Cuantía Equivalente Al Cincuenta Por Ciento (50%) De La Asignación Básica Para Sueldos Hasta De Un Millón Cuatrocientos Noventa Mil Quinientos Treinta Y Tres Pesos ($1
Decreto 217 de 2016 · por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.