º La Contraloría General de la República se abstendrá de visar las nóminas de los diferentes organismos administrativos mientras no se acredite el pago de la cuota para la Entidad o Entidades de Previsión Social a que se encuentren afiliados los empleados y trabajadores del respectivo organismo. CAPITULO III Inversiones.
Article 6
La Contraloría General De La República Se Abstendrá De Visar Las Nóminas De Los Diferentes Organismos Administrativos Mientras No Se Acredite El Pago De La Cuota Para La Entidad O Entidades De Previsión Social A Que Se Encuentren Afiliados Los Empleados Y Trabajadores Del Respectivo Organismo
Decreto 434 de 1971 · Por el cual se dictan normas sobre reorganización administrativa y financiera de las entidades de previsión social de carácter nacional, y se dictan otras disposiciones
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