º El artículo 18 del mismo Decreto quedará así: "Dentro de los cinco días siguientes a su reconocimiento oficial, el Jefe de Misión visitará, por tarjeta, en sus despachos oficiales, a las siguientes personas: Presidente del Senado, Presidente de la Cámara de Representantes, Presidente de la Corte Suprema de Justicia, y Primero y Segundo designados de la nación. "En cuanto a las obligaciones del Jefe de Misión para con los miembros del Cuerpo Diplomático, se atenderá a las indicaciones del Decano de dicho Cuerpo."
Article 2
El Artículo 18 Del Mismo Decreto Quedará Así: "dentro De Los Cinco Días Siguientes A Su Reconocimiento Oficial, El Jefe De Misión Visitará, Por Tarjeta, En Sus Despachos Oficiales, A Las Siguientes Personas: Presidente Del Senado, Presidente De La Cámara De Representantes, Presidente De La Corte Suprema De Justicia, Y Primero Y Segundo Designados De La Nación
Decreto 625 de 1938 · Por el cual se reforma el Decreto número 95 de 1935 (enero 19), que determina el ceremonial diplomático
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