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Article 108

Son Funciones De Las Recaudaciones De Impuestos Nacionales: A) Recibir Y Contabilizar Los Recaudos Provenientes De Los Impuestos Directos E Indirectos, Gravámenes, Depósitos Y Demás Ingresos, De Acuerdo Con Las Normas De La Dirección General De Impuestos Y De La Contraloría General De La República, Y Rendir Las Cuentas Respectivas; B) Mantener Clasificadas Y Actualizadas Las Cuentas Corrientes De Los Contribuyentes Y De Los Responsables Del Impuesto Sobre Las Ventas, Informar A Los Contribuyentes Y Absolver Consultas Relacionadas Con Éstas; C) Elaborar Las Relaciones De Cartera Por Cobrar Para Ser Utilizadas Por Las Secciones De Cobranzas De Acuerdo Con Las Instrucciones Impartidas Por El Administrador De Impuestos Nacionales, Notificar Y Requerir A Los Deudores Morosos, Activar Los Cobros Por La Vía Persuasiva E Iniciar Los Correspondientes Juicios; D) Vender Las Especies Venales, Y Los Impresos Y Publicaciones Del Fondo De Divulgación Tributaria Y Expedir Certificados De Paz Y Salvo; E) Velar Porque Los Impuestos Nacionales No Sean Evadidos Y Para Tal Efecto Dará Oportuno Aviso Al Administrador Respectivo De Cualquier Irregularidad De Que Tenga Conocimiento; F) Revisar Los Libros Y Documentos Que Se Lleven En Alcaldías, Juzgados, Inspecciones Y Demás Oficinas En Donde Deben Exigirse Impuestos De Timbre Nacional, A Fin De Controlar Su Correcto Recaudo; G) Recibir Declaraciones Del Impuesto Sobre Las Rentas Y Ventas, Declaraciones Juramentadas Y Relaciones De Declaraciones Simplificadas Y Relaciones De Pagos A Terceros; H) Actuar Como Síndico Y Cumplir Las Actuaciones Que De Acuerdo A La Ley Le Corresponden A Éste; I) Expedir Los Números De Identificación Tributaria (Nit) A Los Menores De Edad, Extranjeros Y Personas Jurídicas, Comunicando Tal Hecho A Las Administraciones De Impuestos, Y J) Cumplir La Función Pagadora Y Rendir Cuenta Aparte De La De La Recaudación Mientras La Dirección General De Tesorería Asume Dicha Función

Decreto 74 de 1976 · Por el cual se modifica la estructura de la dirección general de impuestos nacionales del ministerio de hacienda y crédito público, se suprimen unos cargos y se redistribuyen funciones

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Text of the article

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Son funciones de las Recaudaciones de Impuestos Nacionales

a)

Recibir y contabilizar los recaudos provenientes de los impuestos directos e indirectos, gravámenes, depósitos y demás ingresos, de acuerdo con las normas de la Dirección General de Impuestos y de la Contraloría General de la República, y rendir las cuentas respectivas;

b)

Mantener clasificadas y actualizadas las cuentas corrientes de los contribuyentes y de los responsables del impuesto sobre las ventas, informar a los contribuyentes y absolver consultas relacionadas con éstas;

c)

Elaborar las relaciones de cartera por cobrar para ser utilizadas por las Secciones de Cobranzas de acuerdo con las instrucciones impartidas por el Administrador de Impuestos Nacionales, notificar y requerir a los deudores morosos, activar los cobros por la vía persuasiva e iniciar los correspondientes juicios;

d)

Vender las especies venales, y los impresos y publicaciones del Fondo de Divulgación Tributaria y expedir certificados de paz y salvo;

e)

Velar porque los impuestos nacionales no sean evadidos y para tal efecto dará oportuno aviso al Administrador respectivo de cualquier irregularidad de que tenga conocimiento;

f)

Revisar los libros y documentos que se lleven en Alcaldías, Juzgados, Inspecciones y demás Oficinas en donde deben exigirse impuestos de timbre nacional, a fin de controlar su correcto recaudo;

g)

Recibir declaraciones del impuesto sobre las rentas y ventas, declaraciones juramentadas y relaciones de declaraciones simplificadas y relaciones de pagos a terceros;

h)

Actuar como Síndico y cumplir las actuaciones que de acuerdo a la ley le corresponden a éste;

i)

Expedir los números de Identificación Tributaria (NIT) a los menores de edad, extranjeros y personas jurídicas, comunicando tal hecho a las Administraciones de Impuestos, y

j)

Cumplir la función pagadora y rendir cuenta aparte de la de la Recaudación mientras la Dirección General de Tesorería asume dicha función.

02

Constitutional history

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