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Article 16

Instalación Y Desarrollo De Las Sesiones

Decreto 1606 de 2015 · por el cual se establece la conformación, organización y funcionamiento de la Comisión de Seguimiento a las Condiciones de Reclusión del Sistema Penitenciario y Carcelario creada por los artículos 93 y 94 de la Ley 1709 de 2014.

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01

Text of the article

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Instalación y desarrollo de las sesiones . El presidente instalará la sesión de la Comisión, una vez la secretaría técnica haya verificado la existencia de quórum deliberatorio. Instalada la sesión, el presidente dará inicio a la misma con la lectura del orden del día. El presidente solicitará que se realicen las votaciones indicando claramente el asunto sometido a votación. Cada uno de los integrantes votará aprobando o improbando la proposición; o bien en blanco, o absteniéndose de manifestar su opinión sobre el asunto en votación. Los integrantes que no estuvieren de acuerdo con la decisión podrán presentar por escrito las razones de su disenso dentro de los tres (3) días siguientes a la correspondiente sesión, las cuales quedarán consignadas en el acta de la Comisión. Las votaciones serán públicas salvo que los integrantes de la Comisión consideren necesario realizar la votación de manera secreta.

Parágrafo

La Comisión podrá sesionar ordinaria o extraordinariamente por cualquier medio siempre que sus miembros puedan deliberar y decidir por comunicación simultánea y sucesiva.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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