º. Evaluación de requisitos. La Secretaria Técnica del Ministerio de Educación Nacional, con la asesoría de Coldeportes, evaluara las propuestas de los departamentos para incorporar y sustituir las juntas administradoras seccionales de deportes y la documentación para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2º del presente Decreto, atendiendo las reglas previstas en este Capítulo: Para este efecto, los gobernadores deberán acreditar ante el Ministerio de Educación Nacional, a través de Coldeportes que han satisfecho las formalidades dispuestas en el Capítulo I de este Decreto, de acuerdo con el procedimiento que se establece en los artículo siguientes.
Decreto 1822 de 1996 →In force
Article 5
º
Decreto 1822 de 1996 · por el cual se reglamenta el procedimiento y demás formalidades para la incorporación de las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes a los entes deportivos departamentales y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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