º. Quórum y votación . El Consejo Directivo podrá sesionar válidamente y tomar decisiones con la presencia de al menos cuatro de sus miembros, salvo que se trate de determinaciones en ejercicio de las funciones de que tratan los literales b. y c. del artículo 7º de este decreto, caso en el cual se requerirá de la presencia de al menos cinco de sus miembros. Las determinaciones del Consejo Directivo se tomarán por mayoría de votos y constará en actas firmadas por quien presida la sesión y por el secretario. Aquellas que establezcan reglamentos especiales del Fondo, constarán en Acuerdos que se entenderán incorporados al Acta de la sesión en donde sean aprobados. Las actas y los acuerdos estarán bajo la custodia del Secretario del Consejo.
Decreto 149 de 2000 →In force
Article 9
º
Decreto 149 de 2000 · Por el cual se organiza el Fondo de Inversión para la Paz
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.