Mantequilla . Las importaciones de mercancías originarias de Estados Unidos de América clasificadas por las líneas arancelarias 0405100000, 0405200000, 0405902000, y 0405909000 , quedarán libres de arancel en cualquier año calendario especificado siempre que no excedan el contingente establecido para cada uno de dichos años. Toneladas Métricas Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 Año 7 Año 8 Año 9 Año 10 Año 11 550 605 666 732 805 886 974 1.072 1.179 1.297 Ilimitado Las cantidades ingresarán sobre una base de primero en llegar/primer servido. Los aranceles aduaneros sobre las importaciones de Mantequilla originaria de Estados Unidos de América y comprendida en las subpartidas arancelarias 0405100000, 0405200000, 0405902000, y 0405909000, que excedan el contingente establecido en este artículo, deberán ser eliminados en 11 etapas anuales iguales, comenzando en la fecha en que este Acuerdo entre en vigor, y dichas mercancías deberán quedar libres de aranceles a partir del 1° de enero del año 11, así: Tasa Base Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Año 6 Año 7 Año 8 Año 9 Año 10 Año 11 33% 30,0% 27,0% 24,0% 21,0% 18,0% 15,0% 12,0% 9,0% 6,0% 3,0% 0,0%
Decreto 730 de 2012 →In force
Article 34
Mantequilla
Decreto 730 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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