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Article 17

Los Empleos Del Sistema Nacional De Salud, Podrán Ser De Libre Nombramiento Y Remoción O De Carrera Administrativa

Decreto 694 de 1975 · Por el cual se establece el Estatuto de Personal para el Sistema Nacional de Salud

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01

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Los empleos del Sistema Nacional de Salud, podrán ser de libre nombramiento y remoción o de carrera administrativa. Son de libre nombramiento y remoción los siguientes empleos

a)

Ministro.

b)

Viceministros.

c)

Secretario General.

d)

Directores Generales y Jefes de Oficina.

e)

Presidentes, Vicepresidentes, Gerentes, Subgerentes o Directores y Subdirectores o Secretarios Generales de los Establecimientos Públicos adscritos al Ministerio de Salud y sus Seccionales.

f)

Jefes de los Servicios Seccionales de Salud.

g)

Todos los cargos de los Despachos de los funcionarios mencionados anteriormente.

h)

Los Consejeros o Asesores de los funcionarios a que se refieren los literales a), b), c) y e). Son de Carrera los demás empleos.

Parágrafo

Para ocupar cargos de Directores Generales o Jefes de Oficina del Ministerio de Salud Pública se requiere ser profesional y tener título de especialista en Salud Pública o un curso post-grado en el área correspondiente al cargo y cinco (5) años de experiencia en cargos directivos.

02

Constitutional history

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