JurídicoESEN

Article 2.5.8.2.1.5

Obligatoriedad De Las Vacaciones

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Obligatoriedad de las Vacaciones. Las vacaciones anuales tienen carácter obligatorio para Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional, quienes deberán hacer uso de ellas dentro del año siguiente al de la fecha en que se cause el derecho. Por circunstancias especiales podrán acumularse vacaciones hasta por sesenta (60) días.

Parágrafo 1

Para efectos de este artículo se computarán los lapsos sin solución de continuidad como empleado civil o uniformado en el ramo de defensa con anterioridad al escalafonamiento.

Parágrafo 2

Se considera como tiempo no servido, la licencia sin derecho a sueldo superior a sesenta (60) días. La licencia especial, la separación temporal y la suspensión del cargo, con excepción de los casos de absolución o cesación de procedimiento.

(Decreto 0400 de 1992 artículo 71)

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1070 de 2015