Serán sancionadas con amonestación escrita, las empresas de transporte público colectivo de pasajeros y Mixto del radio de acción Metropolitano, Municipal o Distrital, que incurran en las siguientes infracciones
No informar a la autoridad de transporte competente los cambios de sede o de domicilio principal;
No mantener actualizada la relación del equipo con el cual presta el servicio.