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Article 24

Funciones De La Dirección Territorial Y Atención Multimodal

Decreto 10 de 2025 · por el cual se adopta la estructura del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil y se dictan otras disposiciones.

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01

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Funciones de la Dirección Territorial y Atención Multimodal . Son funciones de la Dirección Territorial y Atención Multimodal, las siguientes

1.

Facilitar la comunicación y colaboración efectiva entre las distintas entidades regionales del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil, asegurando la coherencia y alineación de las políticas y acciones en el ámbito de la salud en cada región.

2.

Supervisar y coordinar la gestión administrativa y asistencial de los servicios de salud en cada entidad regional, asegurando la prestación adecuada y eficiente de los servicios médicos y hospitalarios.

3.

Participar en la planificación y programación de los recursos asignados a cada entidad regional, garantizando su distribución equitativa y eficiente para cubrir las necesidades de salud de la población atendida.

4.

Contribuir al desarrollo de planes estratégicos y programas de salud específicos para cada región, en línea con las políticas y directrices nacionales, y adaptados a las necesidades y realidades locales.

5.

Fomentar la participación comunitaria y establecer relaciones sólidas con las comunidades atendidas por cada entidad regional, promoviendo la colaboración y el diálogo para mejorar la calidad y accesibilidad de los servicios de salud.

6.

Realizar el seguimiento y evaluación de las actividades y programas de salud implementados en cada región, utilizando indicadores de desempeño y resultados para identificar áreas de mejora y oportunidades de intervención.

7.

Coordinar las actividades administrativas y logísticas de cada entidad regional, incluyendo la gestión de recursos humanos, financieros y materiales, y asegurar el cumplimiento de las normativas y procedimientos establecidos.

8.

Promover el desarrollo de capacidades del personal de salud en cada entidad regional, mediante la formación continua, el apoyo técnico y la implementación de buenas prácticas y estándares de calidad.

9.

Establecer protocolos y procedimientos para la gestión de crisis y situaciones de emergencia en cada región, garantizando una respuesta rápida y efectiva ante eventos adversos o desastres naturales.

10.

Establecer alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas, organizaciones no gubernamentales y otros actores relevantes en cada región, para fortalecer la capacidad de respuesta y mejorar la cobertura de los servicios de salud.

11.

Fomentar la innovación y la mejora continua en la prestación de servicios de salud en cada región, mediante la implementación de nuevas tecnologías, prácticas y modelos de atención que permitan optimizar la calidad y eficiencia de los servicios.

12.

Rendir cuentas sobre la gestión realizada en cada entidad regional, mediante la presentación de informes periódicos y la participación en procesos de auditoría y evaluación externa, garantizando la transparencia y la responsabilidad en el uso de los recursos y resultados obtenidos.

13.

Supervisar la ejecución de los programas de salud pública a nivel regional, asegurando su alineación con las políticas y estrategias institucionales.

14.

Coordinar la capacitación y formación del personal de salud en las regiones, asegurando el desarrollo profesional continuo y la actualización en prácticas médicas y protocolos de atención.

15.

Establecer alianzas y colaboraciones con entidades gubernamentales, organizaciones no gubernamentales y otros actores clave a nivel regional, para fortalecer la prestación de servicios de salud y promover iniciativas de salud comunitaria.

16.

Monitorear y evaluar el desempeño de los servicios de salud en las regiones, mediante la recopilación y análisis de datos epidemiológicos, indicadores de calidad y satisfacción del paciente, con el fin de identificar áreas de mejora y buenas prácticas.

17.

Desarrollar estrategias de prevención y control de enfermedades endémicas y emergentes en las regiones, en coordinación con las autoridades de salud pública y otros organismos pertinentes.

18.

Coordinar la implementación de tecnologías de la información y comunicación en los servicios de salud regionales, para mejorar la gestión de la información clínica, la telemedicina y la comunicación interinstitucional.

19.

Promover la investigación científica y la innovación en salud a nivel regional, facilitando la participación en proyectos de investigación y el intercambio de conocimientos con otras instituciones y centros de investigación.

20.

Coordinar la prestación de servicios de salud en zonas apartadas mediante el transporte multimodal en las regiones asignadas, asegurando la disponibilidad y eficiencia de los recursos necesarios para ofrecer atención médica oportuna y de calidad a las comunidades remotas.

21.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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