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Article 14

Oficina De Comunicaciones

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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ARTICULO 14. Oficina de Comunicaciones . Conforme a las políticas e instrucciones del Director, son funciones de la Oficina de Comunicaciones, las siguientes

a)

Programar y ejecutar las campañas institucionales de divulgación orientadas a fortalecer la imagen de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y la oportuna publicidad de los asuntos de su competencia;

b)

Diseñar e implantar sistemas de comunicación e información para los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, contribuyentes, usuarios, gremios y público en general;

c)

Efectuar la supervisión técnica de la ejecución de los contratos en materia de divulgación celebrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

d)

Diseñar, coordinar, controlar y evaluar los programas de divulgación y las actividades publicitarias que deban efectuarse;

e)

Propender por la debida difusión de los asuntos tributarios, aduaneros y de control de cambios por importación y exportación de bienes y servicios;

f)

Asesorar a la Dirección en la definición de las medidas tendientes al mejoramiento de la imagen institucional y la atención al público, y realizar estudios de análisis de opinión;

g)

Desarrollar políticas de comunicación para propender por la identidad institucional de los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y asesorar en el establecimiento decanales de comunicación adecuados en todos los niveles de la entidad;

h)

Desarrollar las políticas y actividades inherentes a las publicaciones oficiales de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en coordinación con las demás dependencias; y

i)

Las demás que le asigne el Director.

02

Constitutional history

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