JurídicoESEN

Article 1

Los Viajeros Que Ingresen Al País Y Los No Residentes Que Ingresen Al Territorio Nacional Para Fijar Su Residencia En Él, Podrán Introducir En Los Mismos Términos, Plazos Y Cupos Fijados Por Los Decretos 2057 De 1987 Y 3058 De 1990, Las Siguientes Mercancías Como Parte De Su Equipaje O Menaje Doméstico, Según El Caso: 85

Decreto 606 de 1992 · por el cual se modifica parcialmente el régimen de viajeros regulados por los Decretos 2057 de 1987 y 3058 de 1990.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Los viajeros que ingresen al país y los no residentes que ingresen al territorio nacional para fijar su residencia en él, podrán introducir en los mismos términos, plazos y cupos fijados por los Decretos 2057 de 1987 y 3058 de 1990, las siguientes mercancías como parte de su equipaje o menaje doméstico, según el caso: 85.02.10.10.00 Grupos electrógenos con motor de émbolo de encendido por compresión (motores diesel o semidiesel), de corriente alterna, de potencia inferior o igual a 18.5 KVA. 85.02.20.10.00 Grupos electrógenos con motor de émbolo de encendido por chispa (motor de explosión), de corriente alterna, de potencia inferior o igual a 18.5 KVA. 85.07.10.00.00 Acumuladores eléctricos, de plomo, del tipo de los utilizados para los motores de émbolo. 85.07.20.00.00 Los demás acumuladores de plomo. 85.07.30.00.00 Acumuladores eléctricos, de níquel-cadmio. 85.07.40.00.00 Acumuladores eléctricos, de níquel-hierro. 85.07 80.00.00 Los demás acumuladores. 94.05.50.10.00 Aparatos de alumbrado no eléctricos, linternas a petróleo o querosene, a presión. 94.05.50.90.00 Los demás.

Parágrafo

De acuerdo con la evolución de la situación energética del país, el Gobierno estudiará y determinará la conveniencia de modificar o derogar lo dispuesto en este Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 606 de 1992