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Article 69

Ley 2 de 1945 · Por la cual se organiza la carrera de Oficiales del Ejército, se señalan prestaciones sociales para los empleados civiles del ramo de Guerra y se dictan otras disposiciones sobre prestaciones sociales a los individuos de tropa

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01

Text of the article

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Las prestaciones que según esta ley quedan a cargo del tesoro público, se reconocen por medio de resoluciones administrativas dictadas por el ministerio de guerra. El reconocimiento de asignaciones de retiro y demás prestaciones que correspondan a las cajas de sueldos de retiro, se hace por resolución de la respectiva comisión, aprobada por el ministerio de guerra.

Parágrafo 1

Las providencia ministeriales de que trata este artículo, si no fueren oportunamente apeladas para ante el consejo de estado, se consultaran precisamente con esta entidad, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 159 de la ley 167 de 1941 .

Parágrafo 2

Las providencias definitivas deben notificarse personalmente al fiscal del consejo de estado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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