º Los Jueces Superiores cuyo período finaliza el 30 de junio de 1965, si desempeñan sus cargos en Juzgados que van a ser suprimidos en virtud de lo dispuesto por el artículo 97 del Decreto 1356 de 1964, continuarán desempeñándolos como interinos hasta el 31 de julio de 1965, salvo cuando los Tribunales designen interinos diferentes.
Article 8
Los Jueces Superiores Cuyo Período Finaliza El 30 De Junio De 1965, Si Desempeñan Sus Cargos En Juzgados Que Van A Ser Suprimidos En Virtud De Lo Dispuesto Por El Artículo 97 Del Decreto 1356 De 1964, Continuarán Desempeñándolos Como Interinos Hasta El 31 De Julio De 1965, Salvo Cuando Los Tribunales Designen Interinos Diferentes
Decreto 1697 de 1965 · Por el cual se dictan normas sobre tránsito de legislación en materia judicial
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.