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Article 2.5.6.4.3

Aprobación Del Estudio De Factibilidad Y Registro De Los Programas

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Aprobación del estudio de factibilidad y registro de los programas. La aprobación del estudio de factibilidad socioeconómica estará condicionada a que se demuestre que cuenta con las fuentes de financiamiento suficientes para su funcionamiento.

En ningún caso, las Instituciones de Educación Superior propias e interculturales de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras que hayan sido creadas conforme a este decreto podrán desarrollar programas académicos sin la obtención del registro calificado según lo establecido en la Ley 1188 de 2008.

Parágrafo

Al momento de solicitar la aprobación del estudio de factibilidad, por parte de la organización étnico territorial, previa decisión de su autoridad máxima, deben demostrar que hayan adelantado procesos de docencia, investigación, liderazgo y proyección social comunitario por lo menos de diez (10) años.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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