Dentro de los doce (12) meses siguientes a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, el Ministerio de Minas y Energía, en desarrollo de los lineamientos de la Ley 1955 de 2019, fortalecerá el Sistema de Información de Combustibles (Sicom), o el sistema que haga sus veces, para AutoGLP y NautiGLP, mediante la implementación de un sistema de control de carga que permita: I). hacer seguimiento a los agentes de abastecimiento y distribución de estos combustibles, II). Controlar, en el marco de las competencias del Ministerio de Minas y Energía, el cumplimiento normativo de los vehículos convertidos, los talleres de conversión, y las Estaciones de Servicio y III). Facilitar que entidades privadas puedan financiar conversiones entre otros productos y establecer un sistema de recaudo seguro para los agentes que financien dentro del sistema. Lo anterior, condicionado a la disponibilidad presupuestal existente en los proyectos de inversión específicos para tal fin.
Ley 2128 de 2021 →In force
Article 12
Fortalecimiento Del Sistema De Información De Combustibles (Sicom)
Ley 2128 de 2021 · por medio de la cual se promueve el abastecimiento, continuidad, confiabilidad y cobertura del gas combustible en el país.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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