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Article 4

Para La Declaratoria Como Zona Franca Industrial De Bienes Y De Servicios De Una De Las Áreas Geográficas A Que Se Refiere Este Decreto Y La Selección Del Usuario-Operador Correspondiente, El Interesado Deberá Presentar Solicitud Escrita Ante El Ministerio De Comercio Exterior, Acompañada De Los Siguientes Documentos: 1

Decreto 2480 de 1993 · por el cual se establece un régimen de zona franca industrial de bienes y de servicios para las Zonas Francas Industriales y Comerciales de Barranquilla, Buenaventura, Cartagena, Cúcuta, Palmaseca y Santa Marta, en liquidación.

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01

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° Para la declaratoria como Zona franca industrial de bienes y de servicios de una de las áreas geográficas a que se refiere este decreto y la selección del usuario-operador correspondiente, el interesado deberá presentar solicitud escrita ante el Ministerio de Comercio Exterior, acompañada de los siguientes documentos

1.

Aquellos que acrediten la constitución efectiva de la sociedad que actuará como usuario-operador de la zona, en los términos del artículo 16, numeral 10 del Decreto de 1991. Si dicha sociedad se hubiere constituido con una antelación inferior a un año, los documentos exigidos para los socios constituyentes serán los descritos en el literal b) del numeral 9o. del artículo 16 del Decreto 2131 de 1991.

2.

La oferta o propuesta de celebrar un contrato de arrendamiento sobre los terrenos e instalaciones, junto con la garantía de seriedad de la oferta en los términos previstos en el presente decreto.

3.

Programa de desarrollo de la zona que contenga como mínimo los siguientes puntos

a)

Plan de mantenimiento (correctivo y preventivo) y mejoras de los inmuebles de la zona;

b)

Descripción de servicios básicos (aseo y vigilancia) y los servicios especializados para los usuarios de la zona tales como manejo de nómina, recreación, medicina, telecomunicaciones, entre otros;

c)

Estrategia de promoción y mercadeo de la zona, montos de exportaciones, generación de empleos desarrollo tecnológico;

d)

Plan de inversiones y flujo de caja para, por lo menos, los primeros dos años de funcionamiento del usuario-operador;

e)

Régimen proyectado de tarifas para los usuarios (futuros y actuales).

f)

Propuesta sobre el desarrollo urbanístico de la zona, que consulte las normas municipales vigentes sobre el particular.

4.

Plan de sistematización del procedimiento para el ingreso y salida de mercancías de la zona franca, de conformidad con las normas aduaneras vigentes. Cuando lo considere conveniente, el Ministerio de Comercio Exterior podrá exigir cualesquiera de los demás documentos mencionados en el artículo 16 del Decreto 2131 de 1991.

02

Constitutional history

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