Artículo segundo. Las personas que vengan desempeñando los cargos que corresponden a la Planta de Personal que por el presente Decreto se aprueba, y que no cambien de su clasificación, continuarán desempeñándolos sin necesidad de nueva posesión. Para los demás casos la autoridad nominadora procederá conforme a las disposiciones legales vigentes, a designar el personal que debe ocupar los cargos que se establezcan en el presente Decreto. Los empleados que estando al servicio del Instituto Colombiano Agropecuario ICA sean reincorporados a cargos con salarios básicos diferentes no requerirán llenar otra formalidad para su posesión que la firma del acta respectiva. Los funcionarios reincorporados no se entenderán desvinculados del servicio para ningún efecto legal.
Decreto 2681 de 1976 →In force
Article 6
Decreto 2681 de 1976 · Por el cual se aprueba la Planta de Personal del Instituto Colombiano Agropecuario -ICA
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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