JurídicoESEN

Article 6

Disposiciones Generales: 77

Decreto 2267 de 1944 · Por el cual se reglamenta el uniforme para los miembros de la Fuerza Aérea Colombiana

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. Disposiciones generales: 77. El uso del uniforme en el servicio y en los actos oficiales es obligatorio para todos los miembros de la FAC. 78. Los Comandantes de Bases, Comandantes de Unidades y Jefes de otras Reparticiones de la FAC., son responsables del cumplimiento de las disposiciones contenidas en este reglamento. 79. En los casos no contemplados en el presente reglamento, el Comandante autorizado debe ordenar el uniforme a vestir. Si son varios los Comandos de la FAC. en una misma guarnición, el más antiguo debe ordenar lo que corresponda para el uniforme a vestir. 80. Queda absolutamente prohibido usar señales exteriores de luto en el uniforme. 81. En el Extranjero, el personal de la Fuerza Aérea debe usar el uniforme que corresponda en cada caso, de acuerdo con las prescripciones dadas en el presente reglamento. 82. Es absolutamente prohibido usar otras prendas exteriores en el uniforme, fuera de las determinadas por este reglamento. 83. Se autoriza usar el traje civil fuera de las horas de servicio, siendo absolutamente prohibido usarlo en fiestas o reuniones oficiales. 84. El uniforme para asistir de ordinario al casino, es el de servicio, a la hora de desayuno y de almuerzo, excepto en los casos de orden especial; en la hora de comida es el número2, para clima cálido, en este clima, y el número 3, para clima frío, en este clima. 85. En maniobras, los árbitros y Oficiales agregados a éstos deben llevar en el brazo y en la faja recta de la gorra, un brazal de tela blanca. 86. El revólver o la pistola se usarán en campaña, y cuando se ordene específicamente. 87.En los acompañamientos al cementerio, los miembros de la FAC, que asistan particularmente, no se descubrirán sino que llevarán la mano al cubrecabeza, cuando sea indicado. 88. En la calle, cuando se va uniformado, deben llevarse puestos los guantes. 89. Los Comandantes de Bases o de Unidades dispondrán, por la Orden del Día, el número del uniforme a usarse en asistencias oficiales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2267 de 1944