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Article 35

Decreto 3518 de 2006 · por el cual se crea y reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Comisión Nacional Intersectorial de Vigilancia en Salud Pública . Créase la Comisión Nacional Intersectorial de Vigilancia en Salud Pública, como instancia asesora del Ministerio de la Protección Social, la cual estará integrada por

a)

El Ministro de la Protección Social o su delegado, quien la presidirá;

b)

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, o su delegado;

c)

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, o su delegado;

d)

El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o su delegado;

e)

El Ministro de Transporte, o su delegado;

f)

El Director del Departamento Nacional de Planeación, DNP, o su delegado;

g)

El Director del Sistema de Prevención y Atención de Desastres del Ministerio del Interior y de Justicia, o su delegado;

h)

Un representante de las Facultades de Ciencias de la Salud del país, elegido por el Ministerio de la Protección Social de terna presentada por las Universidades Públicas.

Parágrafo

La Comisión Nacional Intersectorial de Vigilancia en Salud Pública dictará su propio reglamento y se reunirá, ordinariamente, una (1) vez por semestre y, extraordinariamente, cuando las circunstancias lo ameriten. La Secretaría Técnica será ejercida por la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de la Protección Social o la dependencia que haga sus veces. Cuando la especificidad del tema a tratar por parte de la Comisión Nacional Intersectorial de Vigilancia en Salud Pública, así lo requiera, se podrán invitar expertos en las áreas temáticas, quienes tendrán voz, pero no voto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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