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Article 1

Decreto 3746 de 1982 · por el cual se revisan algunas de las normas en matería del impuesto sobre la renta y complementarios.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Las personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en el país, que sean accionistas de sociedades anónimas abiertas, tendrán derecho a descontar del monto del impuesto sobre la renta el mayor de los siguientes valores

a)

El veinte por ciento (20%) de los primeros doscientos mil pesos ($200.000.00) que les sean pagados o abonados en cuenta por concepto de dividendos, más el diez por ciento (10%) del exceso sobre dicho valor;

b)

El valor que resultare de aplicar a los dividendos pagados o abonados en cuenta, el porcentaje que figure frente a su renta líquida gravable como tarifa del promedio del intervalo, en la tabla del impuesto sobre la renta. Cuando los dividendos provengan de sociedades anónimas diferentes de las abiertas, el descuento será del veinte por ciento (20%) sobre los primeros doscientos mil pesos ($200.000.00) más el diez por ciento (10%) del exceso sobre dicho valor. Sociedades anónimas abiertas

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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