JurídicoESEN

Article 64

Infracciones

Ley 1341 de 2009 · LEY 1341 DE 2009, 30/07/2009, por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Sin perjuicio de las infracciones y sanciones previstas en otras normas, constituyen infracciones específicas a este ordenamiento las siguientes:

1.

No respetar la confidencialidad o reserva de las comunicaciones.

2.

Proveer redes y servicios o realizar telecomunicaciones en forma distinta a lo previsto en la ley.

3.

Utilizar el espectro radioeléctrico sin el correspondiente permiso o en forma distinta a las condiciones de su asignación.

4.

El incumplimiento de las obligaciones derivadas de las concesiones, licencias, autorizaciones y permisos.

5.

Abstenerse de presentar a las autoridades la información requerida o presentarla de forma inexacta o incompleta.

6.

Incumplir el pago de las contraprestaciones previstas en la ley.

7.

Incumplir el régimen de acceso, uso, homologación e interconexión de redes.

8.

Realizar subsidios cruzados o no adoptar contabilidad separada.

9.

Incumplir los parámetros de calidad y eficiencia que expida la CRC.

10.

Violar el régimen de inhabilidades, incompatibilidades y prohibiciones previsto en la ley.

11.

La modificación unilateral de parámetros técnicos esenciales y el incumplimiento de los fines del servicio de radiodifusión sonora.

12.

Cualquiera otra forma de incumplimiento o violación de las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales o regulatorias en materia de telecomunicaciones.

13.

Cualquier práctica o aplicación que afecte negativamente el medio ambiente, en especial el entorno de los usuarios, el espectro electromagnético y las garantías de los demás proveedores y operadores y la salud pública.

Parágrafo

Cualquier proveedor de red o servicio que opere sin previo permiso para uso del espectro será considerado como clandestino y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como las autoridades militares y de policía procederán a suspenderlo y a decomisar los equipos, sin perjuicio de las sanciones de orden administrativo o penal a que hubiere lugar, conforme a las normas legales y reglamentarias vigentes.

Los equipos decomisados serán depositados a órdenes del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el cual les dará la destinación y el uso que fijen las normas pertinentes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 1341 de 2009