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Article 1

The Central And Suoth American Telegraph Company

Ley 42 de 1903 · por la cual se concede una autorización al Poder Ejecutivo

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo único. Autorízase al Poder Ejecutivo para que celebre con The Central and Suoth American Telegraph Company un contrato de prórroga del contrato celebrado del día 25 de Agosto de 1879, para tender un cable submarino entre Panamá y el Callao, tocando en Buenaventura, y para que introduzca en él las condiciones más ventajosas que pueda obtener para el país, debiéndose estipular:

1.º Que el término de la concesión no exceda de veinte años;

2.º Que durante todo este tiempo no quede el Gobierno incapacitado para establecer otro medio de comunicación;

3.º Que la Compañía renuncie á toda intervención diplomática, y que, en caso de divergencia, se someta á los Tribunales de la República, y

4.º Que en caso de guerra exterior ó interior, el cable queda sometido á la vigilancia del Gobierno, dentro de la jurisdicción de Colombia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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