Ámbito de aplicación . El presente Decreto se aplicará a pensionados, a los beneficiarios del Servicio Social Complementario denominado Beneficios Económicos Periódicos - BEPS, a los beneficiarios del Programa de Subsidio al Aporte a Pensión, a la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, a las entidades financieras encargadas de pagar las mesadas pensiónales y las anualidades vitalicias, a las aseguradoras de vida autorizadas para operar el ramo de seguros de Beneficios Económicos Periódicos - BEPS, a las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías, a todas las entidades públicas y privadas que paguen pensiones.
Decreto 582 de 2020 →In force
Article 2
Ámbito De Aplicación
Decreto 582 de 2020 · Por el cual se implementan medidas para proteger los derechos de los pensionados, los beneficiarios del Servicio Social Complementario BEPS y los beneficiarios del Programa de Subsidio al Aporte a Pensión - PSAP en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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