º. Los Fondos Rotatorios de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, son entidades de carácter oficial con personería jurídica, capacidad financiera y capitales propios, independientes de los fondos presupuestales, vinculados al Ministerio de Guerra por Decreto -Ley número 1705 de 1960, y organizados de acuerdo con las normas contenidas en el Decreto Legislativo número 0015 de 1957, en su Decreto reglamentario número 1627 de 1962, y en los presentes estatutos.
Article 1
Los Fondos Rotatorios De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional, Son Entidades De Carácter Oficial Con Personería Jurídica, Capacidad Financiera Y Capitales Propios, Independientes De Los Fondos Presupuestales, Vinculados Al Ministerio De Guerra Por Decreto -Ley Número 1705 De 1960, Y Organizados De Acuerdo Con Las Normas Contenidas En El Decreto Legislativo Número 0015 De 1957, En Su Decreto Reglamentario Número 1627 De 1962, Y En Los Presentes Estatutos
Decreto 3107 de 1965 · Por el cual se aprueban los estatutos de los Fondos Rotatorios de las Fuerzas Militares y Policía Nacional
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