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Article 7

Traslado De Depósitos A La Aduana

Decreto 503 de 1990 · por el cual se establece el procedimiento de encuestas, para la modificación del arancel de aduanas y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Traslado de depósitos a la aduana. Al concluir cada encuesta y determinados los gravámenes arancelarios adicionales aplicables a las partidas arancelarias respectivas, el Instituto Colombiano de Comercio Exterior ordenará, una vez aprobada la licencia de importación, trasladar a la cuenta de pagos de derechos de aduana de la Dirección General de Aduanas el valor de los depósitos correspondientes a los participantes cuyos formularios se hayan tramitado como solicitudes de licencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos anteriores y que no sean objeto de devolución o multa. La Dirección General de Aduanas abonará el valor del depósito efectuado por cada participante a quien se le apruebe licencia de importación, al pago de los gravámenes arancelarios correspondientes, cuando se produzca el despacho para el consumo. Habrá lugar a la devolución proporcional del dinero que esté en depósito en los casos de destrucción total o parcial de la mercancía, de conformidad con lo previsto en el Régimen de Aduanas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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