º. Entiéndese por aeronaves todos los aparatos cautivos o libres, destinados a sostenerse en la atmósfera o a viajar por ella, sea que utilicen un gas menos pesado que el aire, como los globos y dirigibles, o que tengan medios mecánicos de propulsión como los aviones, comprendiendo en esta denominación los aeroplanos, hidroaviones, anfibios o botes volantes, autogiros, etc.
Article 3
Entiéndese Por Aeronaves Todos Los Aparatos Cautivos O Libres, Destinados A Sostenerse En La Atmósfera O A Viajar Por Ella, Sea Que Utilicen Un Gas Menos Pesado Que El Aire, Como Los Globos Y Dirigibles, O Que Tengan Medios Mecánicos De Propulsión Como Los Aviones, Comprendiendo En Esta Denominación Los Aeroplanos, Hidroaviones, Anfibios O Botes Volantes, Autogiros, Etc
Decreto 66 de 1934 · Por el cual se reglamenta la aviación civil
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.