JurídicoESEN

Article 2.36.9.1.13

Información A Los Clientes Y Usuarios

Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Información a los clientes y usuarios. Las entidades mencionadas en el artículo 2.36.9.1.1, que presten sus servicios a través de corresponsales suministrarán a los usuarios, a través de cualquier medio de forma comprensible, transparente, clara, veraz y oportuna, la siguiente información

1.

La denominación “Corresponsal” y el tipo de corresponsalía, señalando la entidad contratante.

2.

Que la entidad es plenamente responsable frente a los clientes y usuarios por los servicios prestados por medio del corresponsal.

3.

Que el corresponsal no está autorizado para prestar servicios financieros por cuenta propia.

4.

Los límites para la prestación de los servicios que se hayan establecido, tales como monto por transacción, número de transacciones por cliente o usuario, o tipo de transacción.

5.

Las tarifas que cobra la entidad por cada uno de los servicios que se ofrecen por medio del corresponsal.

6.

Los horarios convenidos con la entidad para atención al público.

Parágrafo

La información a que se refieren los numerales 1, 2 y 3 del presente artículo deberá indicarse, además, en la papelería y, en general, en la documentación diligenciada por el corresponsal, excepto en el soporte de la transacción realizada de que trata el numeral 5 del artículo 2.36.9.1.11”.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2555 de 2010