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Article 8

Los Centros O Puestos De Salud A Que Se Refiere El Literal A) El Artículo 4º De La Ley, Serán Determinados Periódicamente Por Resolución Por El Ministerio De Salud Pública, Mediante Indicación Que Para El Efecto Hagan Las Secretarias O Direcciones Departamentales Distritales, Intendenciales O Comisariales De Salud Pública, En Consideración A Las Necesidades De Cada Región

Decreto 605 de 1963 · Por el cual se reglamenta la Ley 14 de 1962, que dicta normas relativas al ejercicio de la medicina y la cirugía

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º. Los Centros o Puestos de Salud a que se refiere el literal a) el Artículo 4º de la Ley, serán determinados periódicamente por resolución por el Ministerio de Salud Pública, mediante indicación que para el efecto hagan las Secretarias o Direcciones Departamentales Distritales, Intendenciales o Comisariales de Salud Pública, en consideración a las necesidades de cada región. Al hacer los nombramientos, la respectiva autoridad de Salud Pública dará oportunidad a las médicas para escoger el lugar de prestación del servicio. Si fueren varias las aspirantes, ejercerán primero este derecho, en igualdad de condiciones, aquellas que acrediten haber obtenido mejores calificaciones durante su carrera universitaria.

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Constitutional history

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