Queda facultado el Gobierno para emprender directamente, o mediante contrato con el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales o el Instituto de Crédito Territorial la transformación de los barrios obreros de Buenaventura y la construcción en ese mismo puerto de barrios populares modelos. Los contratos que al efecto se celebren, podrán incluir el adelanto de fondos al Estado, con el objeto dicho, y sólo requieren para su validez la aprobación del Presidente de la República previo concepto favorable del Consejo de Ministros y previo concedió, también, de la Junta Nacional de Empresito si contrato envolviere operaciones de crédito.
Decreto 380 de 1945 →In force
Article 22
Queda Facultado El Gobierno Para Emprender Directamente, O Mediante Contrato Con El Consejo Administrativo De Los Ferrocarriles Nacionales O El Instituto De Crédito Territorial La Transformación De Los Barrios Obreros De Buenaventura Y La Construcción En Ese Mismo Puerto De Barrios Populares Modelos
Decreto 380 de 1945 · Sobre fomento de las industrias de edificación y mejoramiento de la vivienda popular
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.