° Con el objeto de abrir al Presupuesto Nacional de gastos para el año económico de 1914 un crédito suplemental por la suma de cincuenta mil pesos $ 50,000, trasládase en el mismo Presupuesto la expresada suma, tomada de la siguiente imputación : MINISTERIO DEL TESOSO capitulo 76 Gastos varios. Artículo 573. Para atender a la apertura de créditos extraordinarios o suplementales, en los casos previstos por el artículo 208 de la Constitución $ 50,000
Article 1
Con El Objeto De Abrir Al Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Económico De 1914 Un Crédito Suplemental Por La Suma De Cincuenta Mil Pesos $ 50,000, Trasládase En El Mismo Presupuesto La Expresada Suma, Tomada De La Siguiente Imputación : Ministerio Del Tesoso Capitulo 76 Gastos Varios
Decreto 889 de 1914 · Por el cual se abre un crédito suplemental al Presupuesto Nacional de gastos del año económico de 1914, imputable al Ministerio de Obras Públicas
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